Resumen | |
[J] | Infracción de patente por insuficiencia de descripción.(publicado en Actualidad Diaria 4495 el 29 de septiembre de 2021) |
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Grupo Alvic interpuso la demanda que ha dado inicio al presente procedimiento, dirigida contra Grupo Cornavin, en la que sobre la base de la infracción de la invención patentada (R5) ejercitaba una pluralidad de acciones. La sentencia de primera instancia analizó en primer lugar las pretensiones de nulidad de la patente de la reconvención, con el siguiente resultado: desestimó la nulidad de la patente por falta de novedad; apreció la falta de actividad inventiva de la reivindicación 5 (R5); y desestimó la nulidad basada en la insuficiencia de la descripción. En cuanto a las pretensiones de la demandante, basadas en la denunciada infracción de la patente, en concreto, de la invención de producto R5, las desestimó al haber apreciado la nulidad de la invención. La sentencia de primera instancia fue recurrida en apelación por Grupo Alvic, titular de la patente, para que se revocara el pronunciamiento que declaraba la nulidad de la reivindicación de producto R5 y se estimaran las pretensiones basadas en la infracción de esta invención. Por su parte, la demandada Grupo Cornavin impugnó la sentencia apelada en cuanto que no había apreciado la nulidad por falta de novedad de la patente, ni por falta de actividad inventiva de las reivindicaciones de procedimiento (R1, R2, R3 y R-4) ni tampoco por insuficiencia de la descripción. La Audiencia analiza en primer lugar la impugnación y, en concreto, la cuestión relativa a la denunciada insuficiencia de la descripción, y estima en este extremo la impugnación. Aprecia la insuficiencia de la descripción, por no ser suficientemente completa para permitir su ejecución por un experto en la materia, y declara la nulidad de la patente, de acuerdo con lo regulado en los arts. 25.1 y 112.1 LP 1986. Consiguientemente, desestima a continuación el recurso de apelación de la demandante, titular de la patente. El Supremo desestima el recurso. | |
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